Seguidores

sábado, 25 de abril de 2015


PODER OTORGADO POR DOS  MIEMBROS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO 

DESIGNADA  DESDE  EL AÑ0 2009 

(07 de julio de 2009)   

LE FUERON OTORGADAS FACULTADES DE DISPOSICION A LA APODERADA 


A PESAR DE QUE ESTAS DOS MIEMBROS NO TIENEN CUALIDAD 





PROMOCION DE PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA

EN ESTE ESCRITO LA REPRESENTACIÓN DE LAS DEMANDADAS NIEGAN LE EXISTENCIA DE LA REUNIÓN DEL 15 DE JULIO DE 2014 EN LA CUAL SE ESTABLECIÓ EL COBRO DE DOS (2) CUOTAS EXTRAORDINARIAS QUE FUERON  FACTURADAS  EN AGOSTO Y SEPTIEMBRE DE 2014
 













CONTESTACION DE DEMANDA 


ESCRITO PRESENTADO POR LA ACTORA

DESACATO DE LAS DEMANDADAS A 

LA NOTIFICACION DE LA MEDIDA CAUTELAR

DE SUSPENSION DE EFECTOS DE LA ASAMBLEA DEL

15 DE JULIO DE 2014 









COMPROBANTE 
PROMOCION DE PRUEBAS E IMPUGNACION DEL PODER DEL TERCERO OPOSITOR 







OPOSICION A LA MEDIDA CAUTELAR 

 ACTUANDO COMO TERCERO OPOSITOR

 HABITACOM CA.

EL PODER FUE OTORGADO SIN LA AUTORIZACION DE LA JUNTA DE 
CONDOMINIO  COMO SE OBSERVA DE LA AUTENTICACION DE LA NOTARIA 
CORRESPONDIENTE,
POR LO TANTO ESTE PODER CARECE DE  VALOR JURIDICO 
ALGUNO.
SIN EMBARGO,  ES IMPORTANTE LEERLO DEBIDO A 
QUE LAS  FACULTADES CONFERIDAS A LA APODERADA JUDICIAL
  TRASCIENDEN LAS POTESTADES 
DEL ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO 


BOLETA DE NOTIFICACION  A

MARIA DANIELA CECCATO Y

 MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ 

SOBRE LA   SUSPENSION PROVISIONAL 

DE EFECTOS  DE  LA ASAMBLEA

 DEL 15 DE JULIO DE 2014 A 

 BOLETA DEL 13 de NOVIEMBRE DE 2014 




 MEDIDA CAUTELAR

SUSPENSION DE EFECTOS DE LA ASAMBLEA 

DEL 15 DE JULIO DE 2014


DEMANDA 
NULIDAD DE ASAMBLEA 
del 15 de julio de 2014