Seguidores

sábado, 21 de septiembre de 2013


CARTA ENVIADA POR EL COPROPIETARIO 
VITO ROCCO A LA JUNTA DE CONDOMINIO 
 18 DE SEPTIEMBRE DE 2013


martes, 17 de septiembre de 2013

domingo, 15 de septiembre de 2013

¿Cómo denunciar a vecinos ruidosos?
¿Cómo denunciar a vecinos ruidosos?
Hacer exceso de ruido y poner música con mucho volumen puede salir muy caro. Según el Código Penal Venezolano Vigente, en su artículo 506, quienes perturben la tranquilidad pública y privada con bulla en exceso serán sancionados con 100 unidades tributarias, y si reinciden en esta acción serán 200
- Créditos: Arnoldo Arcaya / Fuente: Ministerio Público

Paso a paso:
Pasos
Cualquier persona puede denunciar ante el Ministerio Público cuando se vea afectada por ruidos molestos como música a alto volumen, escándalos propiciados por fiestas, discusiones o construcciones muy cercanas a zonas residenciales en su comunidad. En cada estado del país hay oficinas de Atención al Ciudadano y Atención a la Víctima dispuestas para este fin.
Pasos
En su página web www.ministeriopublico.gob.ve, en la sección Atención al Público se pueden encontrar todas las direcciones y teléfonos de las oficinas de este despacho a nivel nacional.
Pasos
El Ministerio Público tiene habilitado el número telefónico 0800 – fisca – 00 (0800-34722-00), para contactarlos. El servicio es gratuito y remiten la llamada a los entes policiales que puedan atender de forma inmediata su problema.
Pasos
Estas denuncias también pueden ser procesadas por los cuerpos policiales locales o regionales quienes están en la obligación de acudir al lugar del reporte y hacer un llamado de atención a los responsables.
Pasos
Si esta perturbación a la paz de la comunidad afecta a algún funcionario público, quien infrinja la ley será sancionado con tres o cuatro meses de arresto y una multa de hasta 500 unidades tributarias.
Pasos
Se debe tener en cuenta que el primer llamado de atención que las autoridades hagan a quienes quebranten la tranquilidad de una zona es de tipo preventivo. Posteriormente, si el problema persiste es cuando se aplican las multas a los infractores.


Leer más en: http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/papayapedia/ciudadanos/ciudad/-como-denunciar-a-vecinos-ruidosos-.aspx#ixzz2bmxiAUhT
¿Cómo denunciar a los bulleros de su comunidad? (1)
¿Cómo denunciar a los bulleros de su comunidad?
Hay 25 fiscalías municipales en todo el país y atienden en horario corrido de 8 am a 4 pm
- Créditos: Gabriela Rojas

Paso a paso:
Pasos
Si un vecino constantemente lo perturba con ruidos molestos o música a volumen muy alto, intente conciliar con él o exponer el caso en la junta de condominio o consejos comunales
Pasos
En el momento de la fiesta, miniteca callejera o si es un vehículo estacionado en la vía pública con música estruendosa puede llamar a las policías municipales o al 0800-fisca00 (0800- 3472200). También puede llamar al 171 y dar los datos de la calle o residencia donde ocurre la situación para que notifiquen a los cuerpos policiales: Dispositivos de Seguridad, Módulos de la Guardia Nacional o Policía Nacional Bolivariana (PNB)
Pasos
Si en su comunidad hay un juez de paz puede presentar la denuncia ante esta instancia
Pasos
Si en su comunidad hay un juez de paz puede presentar la denuncia ante esta instancia
Pasos
Hay 25 fiscalías municipales en todo el país y atienden en horario corrido de 8 am a 4 pm. Según el lugar de residencia del denunciante le corresponde una fiscalía municipal
Pasos
Puede encontrar la fiscalía municipal que le corresponde en la página web del Ministerio Público http://www.mp.gob.ve/


Leer más en: http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/papayapedia/ciudadanos/ciudad/-como-denunciar-a-los-bulleros-de-su-comunidad-.aspx#ixzz2bmxzDaJM


MORA EN EL PAGO DEL CONDOMINIO

 

No es un asunto sencillo el manejo de la mora en el pago de los gastos comunes, es un drama de todas las comunidades inmobiliarias del país, y muchas son las causas que la propician y yerra aquel que pretenda “meter en un mismo saco” a todos los morosos sin una verificación, análisis y  clasificación sobre  las verdaderas causas que cada propietario tiene que lo pone en tal estado de atraso o de insolvencia económica con respecto al cumplimiento oportuno de sus obligaciones legales.

Aspectos que contempla  el honrar las cuentas del condominio:

 A) la cobranza extrajudicial del ente administrador, ya sea la  Junta de Condominio o de Propietarios (para el caso de aquellos desarrollos inmobiliarios que no se rigen bajo la Ley de Propiedad Horizontal, pero que también generan gastos comunes); o persona natural o jurídica dedicada a tales objetivos;

B) la cobranza extrajudicial a través de abogados) , y

C) el cobro  judicial.

Cada uno de estos aspectos se debe manejar con una  estrategia o metodología, que,  desarrollada de manera organizada permitirá reducir los índices  de morosidad en las comunidades inmobiliarias y combatir radicalmente el problema de la ruina de los inmuebles, que es la causa principal e inmediata de la mora en el pago de los gastos comunes, además de otros aspectos de índole social como es la pérdida de las relaciones personales en en el seno de la comunidad afectada por la mora. 
Es un tema que abarca muchos otros campos de la vida comunitaria y que inciden tremendamente en las relaciones  armónicas entre los copropietarios y residentes de este tipo de comunidades. 
Si  los entes administradores no realizan sus actividades con los criterios de transparencia administrativa que logren la confianza de la comunidad; y sobre todo, si las Juntas de Condominios o de Propietarios no demuestran en qué invierten el dinero para mejorar los niveles de vida de los administrados,  el CAOS ADMINISTRATIVO va a constituir el destino final. 

La supervisión de la “inversión útil” en aspectos vitales de la comunidad, constituye  uno de los factores que rompe el círculo vicioso y destructivo de la mora: insuficiencia de recursos causa la ruina y lleva a la desmotivación del propietario para pagar oportunamente porque ve que su cumplimiento oportuno no representa nada desde el punto de vista de su calidad de vida. 

Cuando se hace un plan de inversión y el mismo se cumple estricta y formalmente, comenzarán a verse los primeros resultados en las comunidades y a motivar y fomentar lo que se denomina cultura del pago oportuno que debería ser el comportamiento normal de todo copropietario  
Este nivel normal se logra una vez que las estrategias de cobranza han sido ejecutadas a plenitud y junto a ello, de forma simultánea, existe un plan de inversión o de gerencia del inmueble. 
Un condominio es una representación familiar en mayor escala, por lo que social, requiere de atención y de compromiso por parte de todos quienes en él habitan, pero fundamentalmente necesita que,  quienes lo administren no improvisen y sean personas que tengan tiempo y conocimientos o habilidades comprobadas para manejarlo debidamente.

LA RESPONSABILIDAD ES DE TODOS...



MULTAS A LAS ADMINISTRADORAS 


NOTICIAS

Con el pago de 5.000 unidades tributarias

Indepabis multa a administradora Ohhabitacasa por cobro indebido de condominios

12 octubre 2011 | 1 Comentario
La coordinadora de estafas inmobiliarias del organismo, Marle Oliveros, explicó que la acción se realizó tras recibir más de 30 denuncias de usuarios contra esta empresa

El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) multó a la administradora Ohhabitacasa con el pago de 5.000 unidades tributarias, por cobrar intereses moratorios indebidos, no rendir cuentas a los copropietarios, reflejar gastos injustificados de cobranzas en honorarios profesionales y suspender servicios como agua y luz.
La información fue suministrada por la coordinadora de estafas inmobiliarias del organismo, Marle Oliveros, quien explicó que esta acción se realizó tras recibir más de 30 denuncias de usuarios contra esta empresa, durante la séptima jornada de servicios de protección al ciudadano que se llevó a cabo en las adyacencias de la Plaza Francia de Altamira, en Caracas.
Oliveros detalló que a la administradora Ohhabitacasa, la cual tiene 180 urbanismos bajo su administración, le dictaron medidas de prevención, entre las que destacan la prohibición del aumento de las tarifas de condominio y del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), así como tampoco modificar los contratos de adhesión y firmar acuerdos para la administración de nuevos urbanismos residenciales.
Informó que la administradora de condominio tendrá 15 días, contados a partir de este martes, para rendir cuentas ante el Indepabis y los propietarios sobre los referidos hechos ilícitos.
“La empresa no rinde cuentas a los propietarios sobre las cuotas elevadas que aparecen en el recibo de condominio, no detalla los gastos de administración y además no brinda un espacio de reclamos para sus clientes, cuando la ley estipula que los proveedores de servicios deben tener un sistema de registro para que todos los consumidores puedan expresar algún tipo de reclamos”, agregó Oliveros.
Exhortó a los venezolanos a denunciar a los especuladores y cualquier tipo de estafa y ofertas engañosas a través del 0800-Reclama (0800-7325262).
Fuente/AVN

Fuente: El Nacional
Fecha: 15-03-2009 

Exigir el pago del condominio
Venezuela ⁄  Aunque los vecinos de un inmueble están obligados al pago de las cuotas correspondientes al edificio en el que residen, en ocasiones surgen problemas por causa de propietarios que se demoran en la cancelación durante meses, e incluso se niegan a abonar los gastos de la comunidad.

Julio César López Galea, abogado especialista en Derecho Inmobiliario y Bienes Raíces, explica que éste es uno de los factores que influye en la depreciación de los inmuebles y genera problemas de convivencia entre los copropietarios. No poder mantener los servicios, ni poder atender las reparaciones o remodelaciones necesarias, e incumplir con el pago a conserjes, jardineros, vigilantes, son sus principales consecuencias.

Sin embargo, la ley estipula un procedimiento para que una comunidad de propietarios salde el derecho que tiene con un vecino deudor. Lo primero que se debe hacer ¬afirma¬ es reunirse en asamblea y revisar las cuentas del edificio. Esto lo puede hacer la junta de condominio junto con la administradora, y luego comunicar al resto el estado de solventes y morosos del edificio.

Pero este paso suele traer problemas, ya que normalmente este aviso se pone en el tablón de anuncios o en un lugar visible. "Sin hacer escarnio público y afectar la integridad de un moroso, es posible publicar en la cartelera de los edificios las listas de todos los copropietarios solventes o no.

Lo que es condenable es publicar únicamente al moroso en la cartelera y exponerlo a la vergüenza frente a sus vecinos", opina.

También, antes de tomar medidas drásticas, es conveniente intentar llegar a un acuerdo. La primera medida ¬describe¬ consiste en iniciar una cobranza extrajudicial mediante la remisión de cartas y telegramas, y la celebración de reuniones con el deudor, comunicándole su situación e instándole a que ponga fin a su mora. En caso de que haga caso omiso a las notificaciones, o no se logre el cobro, la comunidad de propietarios puede reclamarla judicialmente presentando una demanda.

Cobro garantizado. El proceso legal comienza con la autorización de la junta de condominio a la administradora para que ejerza la acción judicial, la cual deberá quedar asentada en el libro de actas de juntas de condominio.

También, hay que tramitar los recaudos necesarios ¬facturas, documento de propiedad, actas de asambleas y de junta¬ y redactar un escrito donde se recalcule la deuda, detalla.

El experto indica que el interés de mora es del 1% mensual, y a la deuda se le debe realizar un ajuste inflacionario: "Sería injusto que varios años después se intente pagar los recibos por su mismo valor". Además, habrá que cargar los honorarios de los abogados, refiere.

Una vez admitida la demanda, se tramita el embargo ejecutivo del inmueble. La ley no limita el número de facturas a demandar para proceder con el remate, y desde tres facturas en adelante es viable, apunta.

Esta medida puede ser llevada a cabo gracias a que "la ley establece que todo propietario responde con el propio inmueble por las deudas condominiales, es decir, que su apartamento es la garantía".

Más ampliamente, expone que la Ley de Propiedad Horizontal es en realidad un régimen, y como tal se impone frente a cualquier circunstancia que no permita el logro de sus objetivos. Uno de ellos es mantener funcionando su sistema ¬el valor de la propiedad, servicios, empleados, reparaciones y gastos¬. Y en caso de que el deudor compruebe que no tiene ninguna posibilidad de pagar el condominio, el juicio no se detiene, asegura.

En cualquier caso, el hecho de que la reclamación la realice un juez provoca que los deudores paguen inmediatamente. Como dato, López revela que en su trayectoria no ha visto rematar el primer inmueble, pues "los morosos siempre cancelan a última hora".


CARTA ENTREGADA A CADA APARTAMENTO 



      Caracas, 14 de septiembre de 2013

Señores
Copropietarios y Residentes
Edf. RESIDENCIAS LOS ROBLES
Urb. Los Samanes, Caracas.-

Respetables vecinos:

Sirva la presente para hacer del conocimiento de Uds. la creación de un BLOG  para nuestra comunidad denominado:
En este sitio virtual podrán bajar el documento de Condominio de nuestro edificio, el cual fue digitalizado y preparado especialmente para poder tener dicha información al alcance de todos.  Así mismo, la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley para la defensa de las personas en el  acceso a   los bienes y servicios (INDEPABIS), noticias sobre materia de condominio, estudios jurídicos sobre los aspectos que atañen actualmente a nuestra comunidad, y algunos comentarios personales.
De igual manera, y como quiera que, desde el año pasado y todo este año le fueron dirigidas varias cartas a la Junta Condominio de este Edificio, en las cuales se les han realizado varios requerimientos relacionados con los temas de  “mejoras en el edificio” y otros aspectos de suma importancia, y los mismos no han sido respondidos, no quedó más opción que  digitalizarlas y colocarlas en este espacio cibernético de manera de que sean conocidas por toda la comunidad.  
Es de hacer notar que en dichas misivas (enviadas por el Ing. Vitto Rocco y quien suscribe), se solicitó expresamente la publicación en las carteleras de las torres, sin embargo se hizo caso omiso a dicha petición, violándose el derecho que nos corresponde a los miembros de esta comunidad de hacer uso de dichos medios de publicación, ya que es propiedad de todos.
En este orden de ideas, les invito a revisar nuestro blog para que puedan tener una visión clara sobre los temas legales  que actualmente están en desarrollo en nuestra comunidad, con información total y completa sobre la cronología de los hechos, así como los aspectos de derecho. Igualmente pueden hacer comentarios sobre las publicaciones, así como enviar notas al correo electrónico allí indicado, y el derecho a que sean publicados en dicho blog sus comentarios, notas, cartas, documentos, etc .

Sin más por el particular,